Los Incoterms (International Commercial Terms) son términos que se utilizan en las operaciones de compra-venta entre compañías de diferentes países.
Su objetivo es unificar los conceptos comerciales, de forma que el vendedor y el comprador entiendan a la perfección las condiciones de las operaciones que realicen entre ellos. Así es posible evitar confusiones, malentendidos y costosos procesos judiciales.
Este “lenguaje universal” del sector del comercio fue establecido por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) en 1936.Desde entonces, la CCI los revisa periódicamente cada 10 años para adaptarlos a los cambios que se van produciendo en el sector.
Aspectos fundamentales
Podemos decir que los incoterms regulan cuatro aspectos fundamentales que participan en toda operación de compra- venta internacional, estableciendo de forma clara los derechos y obligaciones de las partes.
- Regulan donde se entrega la mercancía.
- Fijan los costos que asumirá cada una de las partes.
- Establecen en qué momento y lugar se produce la transferencia de la responsabilidad sobre la mercancía del comprador y del vendedor.
- Regulan quien debe realizar la gestión sobre los trámites documentales.
Tipos de incoterms
Grupo E (Entrega directa a la salida): La parte vendedora proporciona la mercancía al comprador en sus propias instalaciones. Se incluyen los siguientes términos:
- EXW (Ex-Works / En Fábrica): El vendedor solo se ocupa de embalar los productos, ya que los pone a disposición del comprador en sus propios almacenes.
Grupo F (Entrega indirecta). El vendedor dispone los bienes a un transportista seleccionado y abonado por el comprador. Los Incoterms de este tipo son:
- FCA (Free Carrier / Libre Transportista): El vendedor entrega la mercancía en un lugar acordado asumiendo los riesgos y los gastos , incluyendo los costos del despacho aduanero para la exportación o hasta dicho instante.
- FAS (Free Alongside Ship / Franco al Costado del Buque): Incoterm usado en el transporte marítimo para cargas a granel o con un volumen muy grande.
Grupo C (Entrega indirecta): La parte vendedora contrata el vehículo para el transporte de los productos. Sin embargo, el exportador queda eximido de cualquier responsabilidad derivada de deterioros o costos adicionales desde su salida.
Grupo D (Entrega directa): Los costos y los riesgos corren a cuenta del vendedor desde la salida de la mercancía hasta su entrega en el lugar pactado.
¡Si deseas indagar un poco más sobre el tema , te comparto el siguiente video!